R.D. 513/2017 instalaciones de protección contra incendios

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Publicado el 23/10/2020 - Actualizado el 26/01/2021

Real Decreto 513/2017 instalaciones de protección contra incendios

El Real Decreto 513-2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios se aprobó el pasado 22 de mayo de 2017. Analizamos el artículo 1 y 2.


Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación material.

1. Constituye el objeto del Real Decreto 513-2017 la determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación/aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.

2. Asimismo, el Real Decreto 513-2017 se aplicará con carácter supletorio en aquellos aspectos relacionados con las instalaciones de protección activa contra incendios no regulados en las legislaciones específicas, con la excepción de los túneles de carreteras del Estado, cuya regulación en materia de seguridad se regirá por el Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.

 

Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.

1. Estarán sujetos a las disposiciones del Real Decreto 513-2017 tanto las empresas instaladoras como las empresas mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios.
2. Asimismo, las exigencias técnicas del Real Decreto 513-2017 se aplicarán a los fabricantes, importadores, distribuidores u organismos que intervengan en la certificación o evaluación técnica de los productos, y a todos aquellos que pudieran verse afectados por esta regulación.


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