Novedades en materia de seguridad industrial

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Publicada el 03/09/2025

Novedades en materia de seguridad industrial

Hoy 3 de septiembre ha sido publicado en el BOE el Real Decreto 770/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial en lo relativo al régimen de contratación de los profesionales habilitados.

Estos son las modificaciones más importantes

Amplía las opciones de contratación de personal habilitado. Se revierte la rigidez impuesta por Reales Decretos anteriores (en materia de REBT, Aparatos de elevación, productos petrolíferos, gas, etc..), permitiendo que el personal necesario para ejercer actividades habilitadas pueda estar contratado por la empresa habilitada bajo cualquiera de las modalidades legales permitidas en España (no como antes, que se requería contratado en plantilla a jornada completa o durante la ejecución de la actividad).

Esto significa mayores posibilidades de flexibilidad laboral, especialmente útil para adaptarse a picos de actividad o perfiles especializados.

Modificaciones sobre reglamentos relacionados

El RD 770/2025 consta de 10 artículos que ajustan diversos reglamentos de seguridad industrial, ampliando o adaptando su aplicabilidad sin entrar en cambios técnicos profundos, sobre todo:

  • Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-03 — Reglamento electrotécnico para baja tensión
  • Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-2"— Reglamento de aparatos de elevación y manutención
  • Instrucción Técnica Complementaria MI-IP05 - Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos
  • Instrucción Técnica Complementaria ITC-ICG 09 - Instaladores y empresas instaladoras de gas
  • Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 03 - Seguridad en líneas eléctricas de alta tensión
  • Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 21 - Instalaciones de alta tensión
  • Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
  • Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas
  • Reglamento de equipos a presión y su ITC EP-05 (“Botellas de equipos respiratorios autónomos”)
  • Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 (“Ascensores”)

¿Qué implica esto para las organizaciones?

  • Mayor flexibilidad para contratar profesionales habilitados según necesidades.
  • Posible optimización de plantillas y reducción de sobrecostes fijos.
  • Se abre la puerta a modelos flexibles como contratos temporales o externos, facilitando la captación de perfiles especializados.
  • Requiere revisión de contratos, sistemas de control y políticas de seguridad laboral para garantizar conformidad.

Desde aquí, puede acceder al Real Decreto 770/2025

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