Considerado como AT los periodos de aislamiento o baja por contagio Coronavirus
Grupo ACMS Consultores informa que el artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, que entró en vigor el jueves día 13 de marzo recoge que, al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, los periodos de aislamiento o contagio de personas trabajadoras por el virus Covid-19.
La prestación excepcional se determina por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta. Con esta medida el Gobierno cambia el criterio para tratar el aislamiento.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado el siguiente procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (sars-cov-2).
Grupo ACMS Consultores es una consultora especializada en Prevención de Riesgos Laborales
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