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Noticias | Producto Sanitario

Orden SCB/278/2019 Control de producto sanitario

Publicada el 14/06/2019

Orden SCB/278/2019. Control de producto sanitario en Fronteras.

El texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio,


establece en su artículo 73 que podrán exportar medicamentos los laboratorios y entidades de distribución que cumplan los requisitos legalmente establecidos, así como que la exportación de los medicamentos autorizados e inscritos se notificará por el exportador a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en los casos y términos que reglamentariamente se determinen.


El desarrollo reglamentario de esta disposición fue llevado a cabo por el capítulo VIII del Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación.


Publicado en:

«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2019, páginas 23850 a 23897 (48 págs.)


Sección:


I. Disposiciones generales

  • Departamento:

    Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

  • Referencia:

    BOE-A-2019-3564

  • Permalink ELI:


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