El principal objetivo de este Real Decreto es marcar como reglamentación básica para la construcción, control y ensayo de vehículos el anejo 1 del Acuerdo que se encuentre en vigor, permitiendo para los transportes nacionales unas especialidades delimitadas y definidas.
Según el Real Decreto 2200/1995, los organismos de control tendrán la mayoría de las funciones relacionadas con los controles a que deben ser sometidos estos vehículos y certificaciones que deben generarse.