X
Uso de Cookies:

Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. Más información

Blog | Producto Sanitario

Productos Sanitarios Fabricados en Centros Sanitarios

Publicado el 29/10/2020 - Actualizado el 26/01/2021

¿Cuándo no se aplican los requisitos del Reglamento 2017/745?


Con la excepción de los correspondientes requisitos generales de seguridad y funcionamiento , los requisitos del Reglamento UE 2017/745 no se aplicarán a los productos sanitarios fabricados en centros sanitarios y utilizados exclusivamente en centros sanitarios establecidos en la Unión, cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
 

    Que los productos no se cedan a otras personas jurídicas;
     
      Que el centro sanitario elabore una documentación que haga posible conocer la instalación de producción, el proceso de producción, el diseño y los datos de funcionamiento de los productos, incluida la finalidad prevista, y que sea suficientemente detallada para que la autoridad competente pueda evaluar si se satisfacen los requisitos generales de seguridad y funcionamiento establecidos en el anexo I del presente Reglamento UE 2017/745;
       
        Que el centro sanitario adopte todas las medidas necesarias para garantizar que todos los productos se fabrican de conformidad con la documentación indicada en la letra f) y que el centro sanitario examine la experiencia adquirida con el uso clínico de los productos y emprenda todas las acciones correctivas necesarias.
         
          Los Estados miembros podrán exigir que dichos centros sanitarios presenten a la autoridad competente toda la información adicional pertinente sobre los productos que hayan sido fabricados y utilizados en su territorio. Los Estados miembros conservarán la facultad de restringir la fabricación y el uso de cualquier tipo específico de productos de este tipo y se les permitirá el acceso a las actividades de los centros sanitarios y a inspeccionarlas.
           
            Que la fabricación y uso de los productos tengan lugar en el marco de sistemas de gestión de calidad apropiados;
             

            Que el centro sanitario justifique en su documentación que no pueden satisfacerse las necesidades específicas del grupo de pacientes al que se destinan los productos, o no pueden satisfacerse con el nivel de funcionamiento adecuado, mediante otro producto equivalente comercializado;

            Que el centro sanitario facilite a su autoridad competente, previa solicitud, información sobre el uso de dichos productos en la que se incluirá una justificación de su fabricación, modificación y uso
             

            Que el centro sanitario formule una declaración, que se hará pública, en la que consten:
            • el nombre y la dirección del centro sanitario fabricante,
            • los datos necesarios para identificar los productos,
            • una declaración de que los productos cumplen los requisitos generales de seguridad y funcionamiento establecidos en el anexo I del Reglamento UE 2017/745 y, en su caso, información sobre los requisitos que no se satisfacen plenamente, junto con una justificación motivada al respecto;

            Todo lo anteriormente indicado no se aplicará a los productos fabricados a escala industrial.



            Consulte a Grupo ACMS Consultores si necesita asesoramiento para la elaboración de la documentación necesaria para la solicitud y tramitación. Rellene el formulario de contacto y nos pondremos en contacto con su empresa.



            Versión PDF

            Diagnósticos Gratuitos

            Software

            Artículos del Blog

            Información de Actualidad

            Información de ACTUALIDAD

            Documentación Relacionada

            Preguntas Frecuentes

            ¿Qué es la función y disfunción de un dispositivo médico?
            Explicamos en el concepto de vida de un dispositivo medico qué es la función y disfunción. Grupo ACMS Consultora ISO 13485 Producto sanitario.


            Definición fabricante de producto sanitario
            Definición fabricante de producto sanitario según el Real Decreto 1591 / 2009, definición fabricante producto sanitario


            Definición producto sanitario a medida
            Definición producto sanitario a medida Según el Real Decreto 1591 / 2009, producto sanitario a medida


            Definición representante autorizado de un producto sanitario
            Definición representante autorizado de un producto sanitario según el Real Decreto 1591 / 2009 de 16 de octubre


            Oferta Formativa

            Madrid

            C/Campezo 3, nave 5 - 28022 Madrid - (+34) 91 375 06 80

            Burgos

            Edificio Centro de Empresas, 73 - 09007 Burgos - (+34) 947 041 645

            Barcelona

            C/ Plaça Universitat 3 - 08007 Barcelona - (+34) 93 013 19 49

            Málaga

            C/ Alejandro Dumas 17, 29004 Málaga - (+34) 95 113 69 04