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Seguridad información | LOPDGDD

Consultoría protección de datos (LOPDGDD)

Si necesita adaptar su empresa a Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) podemos asesorarle.


ACMS le asesora en el diseño, documentación, implantación y mantenimiento de un Sistema de Seguridad en sus instalaciones, conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre (LOPDGDD).


La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)  indica que las empresas tienen la obligación de poner en conocimiento, a la Agencia de Protección de Datos, cualquier fichero que contenga datos de carácter personal y también de cumplir con las medidas de seguridad recogidas en el Real Decreto 994/1999 en dichos ficheros.


La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre (LOPDGDD) tiene como misión principal garantizar y proteger el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, en especial el derecho al honor y la intimidad personal/familiar. Dicha Ley se aplica tanto a los ficheros públicos como privados, en soporte informático y papel que contengan datos de carácter personal.

En función de los datos que contienen los ficheros se establecen distintos niveles de seguridad:

  • Nivel Básico
Datos de carácter personal como pueden ser nombre y apellidos, correos electrónicos, direcciones etc.

  • Nivel Medio
Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros, de solvencia patrimonial y de crédito. Se incluyen datos personales que permitan obtener una evaluación de personalidad.

  • Nivel Alto
Datos sobre ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.



Adaptar la empresa u organización a esta ley proporciona los siguientes beneficios:

  • Evitar riesgos de sanciones que pueden ser muy importantes (de hasta 600.000 €)

  • La tranquilidad de saber que la información y los datos confidenciales de la empresa están seguros y protegidos gracias a la implantación de las Medidas de Seguridad que exige la LOPDGDD

  • La mejora de la imagen de la empresa debido a que puede ser exigido para trabajar con su organización.

  • Ayuda a cumplir exigencias de normas y certificaciones como la norma ISO 9001

Es necesario conocer los recursos y procesos de la empresa en lo referente al tratamiento y almacenamiento de datos de carácter personal.

La empresa debe tener un responsable de los ficheros, que con independencia de otras funciones será el responsable de la gestión y el tratamiento adecuado de los datos de carácter personal.

El documento de seguridad debe ser sencillo, práctico y operativo, buscando la fácil comprensión de toda la organización.

Toda la organización debe estar informada y comprometerse en el mantenimiento de la confidencialidad de los datos, así como en la adecuada gestión y almacenamiento de los mismos.

Grupo ACMS le asesora en el diseño, documentación, implantación y mantenimiento de un Sistema de Seguridad en sus instalaciones, conforme a la Ley de Protección de Datos.


Consúltenos si necesita ayuda puesto que para adaptarse a las exigencias legales, la empresa debe realizar la implantación de un sistema de protección de datos personales.

Los pasos a seguir durante la implantación del sistema serían los siguientes:


  1. Identificar los ficheros que se manejan y determinar, a partir de los datos incluidos, el tipo de nivel de seguridad a implementar.

  2. Realizar un estudio de la situación actual, considerando los siguientes aspectos:
  • El control que se realiza sobre el acceso a estos ficheros (claves de entrada, limitación de nº de intentos de acceso no autorizado, etc.)
  • La gestión que se esta realizando de los distintos soportes.
  • Realización de copias de respaldo.
  • Equipos de tratamiento y almacenamiento de datos
  • ¿Quién es el responsable de los ficheros que contienen los datos?

    3. Redacción del Documento de Seguridad en el que se recogen las medidas adoptadas en función del nivel de seguridad correspondiente

    4. Redacción de cláusulas de seguridad con terceros (personal, gestoría etc.). Dar de alta los ficheros ante la Agencia de Protección de Datos.

Nuestros técnicos tienen amplia experiencia en dar de alta los ficheros de datos de carácter personal, así como en desarrollar el documentos de seguridad y otros documentos exigidos por la Ley

Agencia Española de Protección de Datos

INCIBE




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