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Noticias | Medio Ambiente

Subvenciones para eficiencia energética

Publicada el 21/05/2015

Resolución de 28 de abril de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y en gran empresa del sector industrial.

Objeto:  El objeto de estas ayudas es incentivar y promover la realización de actuaciones en el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética.

Tipología de actuaciones acogidas:

  • Las actuaciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida.

 

  • 2. Las actuaciones deben de ser realizadas por PYME o grandes empresas, en instalaciones del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los que se relacionan a continuación o por empresas de servicios energéticos.

o   07. Extracción de minerales metálicos

o   08. Otras industrias extractivas

o   09. Actividades de apoyo a la industria extractiva

o   10. Industria de la alimentación.

o   11. Fabricación de bebidas.

o   12. Industria del tabaco.

o   13. Industria textil.

o   14. Confección de prendas de vestir.

o   15. Industria del cuero y del calzado.

o   16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.

o   17. Industria del papel.

o   18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

o   20. Industria química.

o   21. Fabricación de productos farmacéuticos.

o   22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.

o   23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos

o   4. Metalurgia; fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.

o   25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

o   26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

o   27. Fabricación de material y equipo eléctrico.

o   28. Fabricación de maquinaria y equipo N.C.O.P.

o   29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.

o   30. Fabricación de otro material de transporte.

o   31. Fabricación de muebles.

o   32. Otras industrias manufactureras.

o   33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

 

  • 3. Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán encuadrarse en algún de las siguientes medidas:

 

o   Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (objetivo: reducir el consumo final de energía).

o   Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética. (Sistemas tipo ISO 5001 cuya inversión sea igual o superior a 30.000 €)

 

 y se deben encuadrar en una o varias de las siguientes tipologías:

 

o   Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

o   Implantación de sistemas de gestión energética.

 

  • 4. Las actuaciones deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que la actuación lo requiera.

 

Características de las ayudas:  Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía máxima del 30% de la inversión elegible correspondiente.

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