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¿Hay legislación referida a Eficiencia Energética?

Si, hay cada vez más legislación que hace referencia a eficiencia energética tanto a nivel Comunitario como Nacional. Se indica a continuación la más relevante.

En el ámbito europeo.La Comisión Europea emite un Comunicado el 13/11/2008 en el que indica el aumento de la eficiencia energética como la forma más rentable de reducir el consumo de energía. En este sentido, la Decisión 406/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009 sobre el esfuerzo de los Estados miembro para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020, establece que, si procede, la Comisión propondrá medidas nuevas o más estrictas para acelerar las mejoras en materia de eficiencia energética, a más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Por otro lado, las Directivas 2006/32/CE "sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos" y la 2002/91/CE “sobre eficiencia energética en Edificación”, las cuales marcan de forma inequívoca las directrices de mejora en eficiencia del uso final de la energía, en la gestión de la demanda energética, y en el fomento de la producción de energía renovable

En España, en el año 2003 se aprobó la Estrategia Española de Eficiencia Energética 2004-2012 de la que se han derivado los Planes de Acción 2005-2007 y 2008-2012 de Ahorro y Eficiencia Energética

Además, la reciente Ley de Economía Sostenible establece en 16 artículos distintos la necesidad de reducir la intensidad energética y de potenciar la eficiencia y el ahorro energético.

Por su parte, El proyecto de ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables establece en su Art. 39 la obligatoriedad de incorporación de sistemas de gestión energética y certificación para las instalaciones industriales

Si desea recibir más información póngase en contacto con la consultora GRUPO ACMS Consultores (Telf: 902362247 / informacion@grupoacms.com.

GRUPO ACMS Consultores es una consultora especializada en la implantación de sistemas de gestión de medio ambiente bajo la Norma ISO 14001, así como otros asuntos relacionados con eficiencia energética  y responsabilidad ambiental.

 

11.11.2011. 13:07

BRC/IoP Global Standard For Packaging and Packaging Materials

El British Retail Consortium (BRC) y The Institute of Packaging (IOP) desarrollaron conjuntamente esta Norma Técnica para ayudar a las cadenas de distribución y fabricantes de productos alimentarios en el cumplimiento de sus obligaciones legales.

Fabricantes y proveedores de envases usados para mercado de distribución alimentaria tienen la obligación de implantar sistemas apropiados y controles que garanticen la idoneidad de sus envases para contener alimentos seguros . Además también está dirigida a productores de envases de uso NO alimentario como los destinados a cosméticos y artículos de tocador/perfumería o para envasar artículos para bebés.

El objetivo clave de esta norma desde su creación en 2001 era ayudar en la protección del consumidor, ofreciendo una base común para la evaluación de empresas suministradoras de envases a las cadenas de distribución. Así especifica los criterios de seguridad, calidad y controles operacionales requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones respecto a cumplimiento legal y protección del consumidor.

La norma internacional BRC/IOP, en su cuarta edición, ha sido actualizada en Febrero de 2011

GRUPO ACMS Consultores es una consultora especializada en la implantación de sistemas de seguridad alimentaria bajo diversas normas. GRUPO ACMS Consultores presupuesta sus proyectos de implantación de sistemas de seguridad alimentaria mediante precio cerrado, salvo que el cliente solicite precio por visita de consultoria.

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17.10.2011. 11:37

Entrada en vigor y Cambios Versión 6 BRC

BRC editó en Julio de 2011 la nueva versión (versión 6) de su protocolo de Seguridad Alimentaria. Esta nueva versión será de aplicación a partir de enero de 2012. Los certificados emitidos según la versión 5 serán válidos hasta que expiren según su fecha establecida.

La nueva edición no supone un cambio sustancial en el planteamiento del sistema de gestión de la seguridad alimentaria, sino que pretende mejorar los sistemas en la práctica. Para ello, se han redactado de forma más concreta algunos requisitos como los relativos al control de los cuerpos extraños, la higiene, la limpieza y los alérgenos, y, en general, se han mejorado los textos para clarificar su objetivo. A su vez se han incluido nuevos requisitos puntuales que especificamos por secciones.

También animan a los productores a optar por las auditorias no anunciadas ofreciendo un proceso opcional que restringe la auditoria no anunciada a la parte operacional del sistema.

Sección 1.- Compromiso Equipo Directivo.-

Sección reestructurada sin novedades importantes. Hace énfasis en el tratamiento de No Conformidades repetitivas, estableciendo que las identificadas en la auditoría anterior deben ser eficazmente tratadas para prevenir su reaparición

Sección 2.- Plan de Seguridad Alimentaria. APPCC

El bloque principal de requisitos basado en los pasos del Codex Alimentarius, quedan inalterados. Estabece que las medidas de control y los procedimientos de monitorización de los Prerrequisitos deben estar claramente documentadas y deben estar incluidas en el desarrollo y revisiones del Plan APPCC

Sección 3.- Sistema de gestión de calidad y seguridad alimentaria

Esta sección ha sido reestructurada por la transferencia a la Sección 1 de ciertos requisitos, la eliminación del enfoque al cliente y la inclusión del control de Productos No Conformes (que se encontraba en la Sección 4 de la versión 5).

En el apartado de Trazabilidad la nueva versión exige obtener la trazabilidad completa de un producto en un plazo máximo de 4 horas y en caso  de producirse una retirada de producto, establece un nuevo requisito que consiste en la obligación de notificárselo, en un periodo de 3 días laborables, a la Entidad de Certificación.

Sección 4.- Normas relativas a las instalaciones

La nueva versión establece la necesidad de realizar un Análisis de Riesgo de las medidas de seguridad ante intentos deliberados de contaminación o daño a los Productos.

Respecto de la Categorización de las Zonas de Producción según el riesgo, ha incorporado en la nueva versión la exigencia de establecer unas categorías de zonas en función del riesgo de contaminación del producto en esta nueva versión se ha incluido una Guía para la Categorización de Zonas de Producción según el Riesgo (Anexo II) que desarrolla amplias definiciones e incluso un Árbol de Decisión.

Un aspecto que ha tomado más importancia en la nueva versión es la de la Gestión de los Riesgos Químicos y Físicos y los métodos de detección y eliminación de Cuerpos Extraños. De hecho, se ha incluido una subsección entera dedicada a la Detección de Cuerpos Extraños y los Equipos de eliminación (nuevo 4.10).

En el apartado de Residuos y Eliminación de Residuos, se ha incluido un requisito relacionado con el aprovechamiento de residuos para la Alimentación Animal, para asegurar que se tiene en cuenta la legislación vigente y que por tanto van a ser gestionados adecuadamente.

Sección 5 – Control del producto

Se ha ampliado el peso de la subsección referente a  Alérgenos. Por ejemplo, se ha extendido la lista de controles a tener en cuenta a la hora de realizar el Análisis de Riesgos así como el listado de aspectos a tener en cuenta a la hora de definir los procedimientos de control de la contaminación cruzada como por ejemplo los derrames, la posible dispersión por el aire o la comida que puedan introducir los empleados, visitas o máquinas de vending.

Sección 6 – Control de procesos

La subsección Control de las Operaciones ha sido reformulada , para asegurar que el proceso productivo es manejado a través de especificaciones de producto y de proceso que controlen no sólo la seguridad del producto, si no que a su vez asegurar una calidad constante de los productos.

Hay dos nuevos requisitos para asegurar, por un lado, que las líneas de producción hayan sido chequeadas antes del inicio de producción (y tras el cambio de producto), y por otro, que se usen los envases correctos, que se controlen cuidadosamente los cambios de material de envasado, los etiquetados y las codificaciones.

Sección 7 – Personal

Esta Sección ha sido simplificada y reformulada.

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17.10.2011. 10:51

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